miércoles, 9 de noviembre de 2011

Este es un llamamiento desesperado.
AYÚDANOS dando eco de nuestra situación utilizando nuestro hashtag #empleadosderegistro en Twitter o dándolo a conocer a través de tu muro de Facebook.
El Viernes 11 de noviembre de 2011, el Consejo de Ministros se reunirá a las 10:00 para aprobar un decreto de nueva rebaja arancelaria para los Registradores de la Propiedad. En las oficinas registrales no solo trabajan los registradores, sino que otras 15.000 familias viven directamente de sus ingresos. Muchas de esas familias están hoy en una absoluta miseria ya que los ingresos de las oficinas ni siquiera llegan para pagar los sueldos de los empleados, otros muchos están siendo despedidos y muchos registros están en situación de ERE. La inscripción de la compra de una vivienda cuesta hoy un 44% menos que hace 20 años. La de una hipoteca exáctamente lo mismo. Cualquier inscripción lleva un 5% de rebaja en el arancel. Algunas llevan hasta un 90%. El arancel nunca se ha subido desde 1989. No obstante se ha rebajado en mas de 5 ocasiones y junto a la crisis está llevando a la ruina a los empleados de registros. Si quieren un registro gratuito, que paguen también sus gastos. TODO el material, personal, alquiler de oficinas, programas informáticos, seguros sociales, ABSOLUTAMENTE TODO en los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles se costea íntegramente con los ingresos de las oficinas, se produzcan o no estos ingresos. A cambio, durante la crisis inmobiliaria y financiera mas importante de la historia, el gobierno se dedica a rebajar una y otra vez el arancel. ESTO ES INSOSTENIBLE, muy populista, PERO INSOSTENIBLE. Hay empleados que no cobran ni el Salario Mínimo Interprofesional, otros que no cobran ABSOLUTAMENTE NADA. ¿Por qué no se encarga el gobierno de agilizar la firma del UNICO CONVENIO EN ESPAÑA QUE LLEVA CADUCADO 20 AÑOS?. En su lugar nos piensa dar la puntilla el viernes 11 de noviembre. Hay que evitarlo como sea. NO PEDIMOS BENEFICIO, PEDIMOS QUE NO SIGAN RECORTÁNDONOS, PORQUE NO PODEMOS MAS. LOS EMPLEADOS NO SOMOS REGISTRADORES, PERO SOMOS LOS QUE PAGAMOS EL PATO.

PEQUEÑO RESUMEN HISTÓRICO DE LA EVOLUCIÓN DE LOS REGISTROS Y EL ARANCEL. NI UNA PUÑETERA MEDIDA BENEFICIOSA PARA LOS #empleadosderegistro
- Bajada 25% del arancel: Real Decreto-ley 6/1999, de 16 de abril, de Medidas Urgentes de Liberalización e Incremento de la Competencia. (PP)
Artículo 2. Aranceles.
Uno. Los aranceles de los Notarios y Registradores de la Propiedad, establecidos por Reales Decretos 1426 y 1427/1989, de 17 de noviembre, se reducen en un 25 % en el caso de constitución, modifi ...cación, subrogación y cancelación de préstamos y créditos con garantía hipotecaria y en la compraventa de viviendas. En el supuesto de que en los Decretos referidos, o en la normativa especial, se contemplen algún tipo de rebajas arancelarias, la reducción prevista en esta norma se aplicará a la cantidad que resulte una vez deducida la rebaja inicial.Dos. Los aranceles de los Registradores Mercantiles establecidos por Decreto 757/1973, de 29 de marzo, se reducen en un 25 % en los supuestos de constitución, modificación de estatutos, aumento y disminución de capital, fusión, escisión y depósito de cuentas de sociedades.

- Bajada 5% y 15% sobre la rebaja anterior: Real Decreto-ley 6/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Intensificación de la Competencia en Mercados de Bienes y Servicios. (PP)
Artículo 36. Aranceles registrales.
1. Los aranceles de los Registradores de la Propiedad, establecidos por el Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, y sus modificaciones posteriores, se reducen en un 5 % en el caso de constitución, modificación, subrogación y cancelación de préstamos y créditos con garantía hipotecaria y en la compraventa de viviendas, y en un 15 % en el caso de la inscripción de documentos previstos en la legislación urbanística en los que se formalicen actos de ejecución del planeamiento dirigidos a la preparación de suelo urbanizado.
Los aranceles de los Registradores mercantiles, establecidos por Decreto 757/1973, de 29 de marzo, y sus modificaciones posteriores, se reducen en un 5 % en los supuestos de constitución, modificación de estatutos, aumento y disminución de capital, fusión, escisión y depósito de cuentas de sociedades.

- Apertura del Registro por las tardes: Real Decreto 1039/2003, de 1 de agosto. RD 1039/2003 (PP)
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Modificación del Reglamento Hipotecario.
Se modifica la redacción del párrafo primero del artículo 360 del Reglamento Hipotecario, que quedará redactado como sigue:
El Registro estará abierto al público, a todos los efectos, incluido el de presentación de documentos, los días hábiles desde las nueve a las catorce horas y desde las dieciséis a las dieciocho horas, sin perjuicio de que los sábados se aplique el régimen establecido por el Ministro de Justicia.

- Demarcación inoperante y ruinosa: Real Decreto 172/2007, de 9 de febrero, por el que se modifica la demarcación de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles. Resultado: Registros de nueva creación sin cubrir por ser inviables.

- Bajada 5% del arancel: Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público. (PSOE).
DISPOSICIÓN ADICIONAL OCTAVA. Aranceles notariales y registrales.
Uno. Se rebajarán los aranceles notariales y registrales en operaciones de cuantía, del siguiente modo.
2. Se aplicará una rebaja del 5% al importe de los derechos de los registradores de la propiedad resultantes de la aplicación de lo previsto en el Número 2.1 del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de los registradores de la propiedad. Esta rebaja es adicional respecto de la aplicación de los demás descuentos o rebajas previstos en la normativa vigente.

- Viernes 11-N/2011...


¿Estos señores gobernantes piensan que los #empleadosderegistro vivimos del aire? Menos ingresos=menos sueldos. Muchos menos ingresos=muchos despidos.